365 días de contratación pública

Nur Alsaad Oñate

Al finalizar el año, acostumbramos a echar la vista atrás, observar y analizar el año con visión pragmática y con el objetivo de que siente las bases para el nuevo camino que queda por recorrer.

Entre expedientes, procedimientos y plazos, sobre todo plazos, vamos consumiendo los días y avanzando sin tiempo para observar el camino que vamos dejando atrás. Durante estos últimos doce meses, hemos experimentado situaciones extraordinarias, anómalas y simbólicas, de las que hemos intentado nutrirnos, cuestionar, proponer, construir y, en definitiva, no dejar de aprender cada día.

Licita & Acción como referente en contratación pública electrónica debe estar comprometida con la continua evolución que ambas materias exigen. Y, sin duda, no resulta sencillo mantenerse en primera línea.

A pesar de la previsión durante este 2023 del asentamiento de determinadas bases ya “teóricamente consolidadas” nos hemos dado de bruces con algunos asuntos y cuestiones que parecían afianzadas.

Con ello queremos exponer la existencia de multitud de entidades públicas con una elevada previsión de gastos y un volumen muy considerable de contratos anuales que, aunque parezca ironía, siguen operando como ese pequeño ente al que sostienen tres o cuatro personas cada día con una montaña de trabajo.

Como peculiaridad y sin ánimo de ahondar en lo teórico, expondremos un pequeño resumen acaecido muy recientemente… Hace escasos meses acudió a un cliente que pretendía licitar a un expediente de contratación por procedimiento negociado con publicidad cuyo valor estimado superaba los 500.000 € y de notorio Órgano de Contratación. Tras el primer estudio realizado por nuestro departamento jurídico de los Pliegos se constata del siguiente criterio de solvencia económica: “Declaración apropiada de entidades financieras donde figure expresamente que el licitador opera con normalidad en el tráfico mercantil.”

Como resulta obvio, llamó la atención la existencia de un criterio de solvencia económica que no se incluyese en el conocido Art. 87 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Pues bien, Dando luz a lo comentado inicialmente, en 2023 seguimos detectando requisitos extintos desde hace más de 8 años.

Como peculiaridad, el banco no conocía el documento solicitado y, aunque, el Órgano de Contratación, en un ejercicio de “empatía” con nuestro licitador admitió un método alternativo, nada nos hizo pensar que estaba dispuesto a modificar la solvencia económica exigida para ulteriores expedientes…

Sin embargo, nuestro cliente consiguió presentar la oferta y, posteriormente, su adjudicación.

Este tipo de situaciones solo hacen aportarnos la fuerza necesaria para seguir trabajando día a día, en el lado siempre de nuestros clientes, a quien nos debemos y por quien procuraremos el mejor de los resultados.

Nuestra mayor recompensa, sin duda, es la satisfacción del cliente, ese mensaje de agradecimiento y el sentir que hacemos su día a día más cómodo.

Por ello, agradecemos a todos ellos y a todos vosotros que nos leen, nuestros mejores deseos para este nuevo año.

Bienvenido 2024, ¡Estamos listos!

El equipo de Licita & Acción Consultores, S.L.

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