Licitación desierta: 1 solución es consultar al mercado

Nerea Poza Caballero

Licitación Desierta

Cuando una licitación queda desierta porque el presupuesto base ya no se corresponde con los precios reales del mercado, el órgano de contratación se enfrenta a un problema jurídico y económico relevante. La respuesta inmediata suele ser acudir al procedimiento negociado sin publicidad. Sin embargo, cuando la causa de la licitación desierta es exclusivamente económica, esta solución resulta contraria a la normativa de contratación pública.

En estos supuestos, la vía adecuada es iniciar una nueva licitación precedida, en su caso, de una consulta preliminar al mercado conforme al artículo 115 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Causas económicas de la licitación desierta

Es frecuente que determinados contratos, especialmente los relativos a suministros tecnológicos, equipamiento informático o infraestructuras sujetas a elevada volatilidad de precios, concluyan en una licitación desierta debido a la obsolescencia del presupuesto inicialmente calculado. La inflación, la variación de los costes de los componentes y los retrasos en la tramitación administrativa pueden provocar que el precio fijado deje de ser atractivo para los operadores económicos.

En estos casos, la ausencia de ofertas constituye un indicio objetivo de que el presupuesto base de licitación no resulta adecuado a los precios de mercado, tal como exige el artículo 100.2 de la LCSP.

La improcedencia del procedimiento negociado sin publicidad

Tras una licitación desierta, suele plantearse la aplicación del artículo 168.a).1.º de la LCSP para acudir a un procedimiento negociado sin publicidad. No obstante, la propia norma impone un límite expreso, ya que este procedimiento solo es admisible cuando no se modifican sustancialmente las condiciones iniciales del contrato y, en ningún caso, cuando se incrementa el presupuesto base de licitación.

Si la causa de la licitación desierta es la insuficiencia del precio, el procedimiento negociado sin publicidad carece de utilidad jurídica, puesto que no permite corregir el defecto que ha provocado el fracaso del procedimiento inicial. En consecuencia, la Administración se ve obligada a iniciar una nueva licitación con un presupuesto revisado.

Riesgos asociados a la nueva licitación

El relanzamiento de una licitación desierta plantea dos dificultades principales:

  • En primer lugar, la necesidad de justificar ante los órganos de control económico el incremento del gasto público respecto del procedimiento anterior.
  • En segundo lugar, el riesgo de que la nueva licitación vuelva a quedar desierta si el nuevo presupuesto continúa sin ajustarse a la realidad del mercado.

Ambos problemas requieren una base objetiva que permita acreditar que el nuevo precio responde a criterios de mercado y no a una decisión arbitraria del órgano de contratación.

La consulta preliminar al mercado como instrumento de corrección ante una licitación desierta

La consulta preliminar al mercado, regulada en el artículo 115 de la LCSP, se configura como una herramienta idónea para afrontar las consecuencias de una licitación desierta por motivos económicos. Su utilización permite al órgano de contratación obtener información directa de los operadores económicos sobre las condiciones reales de suministro o prestación del servicio.

  • En primer lugar, la consulta preliminar permite acreditar que el nuevo presupuesto se adecua a los precios del mercado. Mediante la solicitud de información a los operadores económicos acerca de los precios actuales, se obtiene un soporte documental que justifica el incremento del presupuesto base de licitación y da cumplimiento al mandato del artículo 100.2 de la LCSP.
  • En segundo lugar, cuando el incremento del presupuesto no resulta posible por razones presupuestarias o por límites derivados de subvenciones u otras fuentes de financiación, la consulta permite reformular las prescripciones técnicas del contrato. A partir de la información proporcionada por el mercado, el órgano de contratación puede adaptar las exigencias técnicas a un nivel compatible con el crédito disponible, evitando así especificaciones inviables desde el punto de vista económico.
  • En tercer lugar, la publicación de la consulta en el perfil del contratante refuerza los principios de publicidad y transparencia. El nuevo presupuesto o las nuevas condiciones técnicas no derivan de negociaciones informales con un proveedor concreto, sino de un procedimiento abierto de obtención de información, lo que reduce el riesgo de impugnaciones por trato de favor o falta de objetividad.

La licitación desierta tiene solución

Cuando una licitación queda desierta por causas económicas, la utilización del procedimiento negociado sin publicidad no constituye una solución jurídicamente válida. La respuesta adecuada es la convocatoria de una nueva licitación con un presupuesto revisado conforme a los precios reales del mercado.

En este contexto, la consulta preliminar al mercado se presenta como un instrumento esencial para garantizar la adecuación del presupuesto, la viabilidad técnica del contrato y la transparencia del procedimiento. Su empleo no supone una dilación innecesaria del expediente, sino una medida orientada a reforzar la seguridad jurídica y a aumentar las probabilidades de adjudicación efectiva en el nuevo procedimiento.

La correcta gestión de una licitación desierta exige, por tanto, combinar el reinicio del procedimiento con un análisis previo del mercado que permita ajustar el contrato a las condiciones económicas existentes en el momento de su convocatoria.

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