
Muchas son las PyME que son reticentes a iniciarse en el mundo de la contratación pública por considerar que parten de una posición de desventaja respecto de grandes grupos empresariales o multinacionales, perdiendo oportunidades de negocio.
💼 Confidencias tras la reunión: una constante entre empresarios
En mi andadura profesional, me reúno constantemente con empresarios de múltiples sectores los cuales -llegada la fase distendida de la reunión- se sinceran trasladando sus opiniones o experiencias en relación a ofertas presentadas a alguna licitación pública.
🧱 Dificultades comunes para la PyME
Generalmente, cuando se tratan de empresas con una estructura pequeña o mediana, los motivos que me trasladan suelen ser similares: no contar con solvencia económica/técnica suficiente; contratos con un presupuesto base de licitación muy elevado; exigencias técnicas muy altas; entre otros motivos.
⚖️ ¿Cuál es mi respuesta? La ley lo dice claro
La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) es muy clara en cuanto a las garantías y el reconocimiento de la figura de la PyME en el marco de la contratación pública. Es ya en el propio Preámbulo y en el Artículo 1 donde se indica:
“…Igualmente se facilitará el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, así como de las empresas de economía social.”
Trayendo a colación nuestro refranero popular, en lo que a cuestiones de aplicación normativa se refiere, “del dicho al hecho, hay un trecho”.
🧩 Los órganos de contratación (en adelante OC)
Están obligados a licitar por lotes, según lo regulado en el Apartado tercero del Artículo 99 de la LCSP, teniendo que justificar su no utilización, no siendo este el “modus operandi” seguido por muchos de ellos. Es el momento de mover ficha a la PyME interesada, pudiendo acudir a la figura del recurso para revertir dicha anomalía.
🛠️ Alternativas establecidas por LCSP
Si el OC justifica la no utilización de lotes para licitar la obra, servicio o suministro, en su expediente, la PyME tiene alternativas respaldadas por la normativa aplicable para concurrir a la licitación, siendo dos las principales:
– Ofertar individualmente, pero acreditando su solvencia económica/técnica por medios externos, como pueden ser otras empresas/entidades bancarias.
-Ofertar conjuntamente con otras empresas, comprometiéndose con el OC a constituir una unión temporal de empresas (en adelante UTE) en el supuesto adjudicación del contrato.
📣 Mensaje directo: la ley ampara a las PyMEs
En definitiva, lo que intento trasladar a los empresarios que miran con recelo al mercado público como una oportunidad de negocio, es que están totalmente respaldados por la normativa vigente, quedando obligados los OC a facilitar el acceso de las PyME a las licitaciones, al igual que posibilitando figuras colaborativas como la UTE para poder acceder a las mismas entre varias empresas.
🧭 ¿Tienes dudas? Te acompañamos en el proceso
Si te genera dudas el presentarte a una licitación con tu empresa, desde Licita & Acción Consultores podemos asesorarte para presentar tu oferta con las mayores garantías posibles.